viernes, 22 de abril de 2016

B. Teorico 3, y Práctico 2 y 3:



En las tres clases siguientes al módulo I se desarrollará el módulo II (1 teórico y dos prácticos).
La comisión de los días miércoles tendrán el teórico el día 20/4 y la comisión de los días sábados tendrá su teórico el día 30/4.
Las dos clases siguientes al teórico serán de tipo práctico.


Para el segndo teórico deberán leer la tercera parte del libro de Alberto Binder "Introducción al derecho procesal penal" y los fallos:
"Mattei" , "Montenegro", "Ruiz",, "Daray", "Rayford" , "Fiorentino"  y "Girolid" -de la CSJN-; y "Chaparro Alvarez" -de la CorteIDH- .

Es importante que vayan al teórico con los textos ya leídos. Sobre ellos se trabajará en el teórico y luego, partiendo del pleno conocimiento y trabajo de esos textos, se desarrollarán los prácticos.

Si aún no tienen los textos envien un mail para indicarles cómo acceder a ellos.





Conjuntamente con los materiales de teóricos y de prácticos les iremos enviando una guía de preguntas para que puedan seguir los textos.


Acá van las correspondientes al teórico 3 y a los prácticos 2 y 3.

Guía de preguntas para la lectura de “Introducción al derecho procesal penal” de Alberto Binder
Tercera parte:

1 ¿Por qué el juicio escrito no satisface los estándares constitucionales?
2 ¿Qué rol desempeñan los órganos de persecución penal frente al principio de inocencia?
3 ¿Cuáles son las excepciones que permitirían quebrar la regla de la irretroactividad de la ley procesal penal?
4 ¿A qué se refiere Binder cuando habla de sentido histórico y sustancial del juez natural? ¿Tiene alguna repercusión en la comprensión actual de la garantía?
5 ¿Qué ámbitos de independencia judicial existen?
6 ¿Desde qué oportunidad se puede ejercer el derecho de defensa?
7 ¿Tiene el imputado la facultad de confesar?
8 ¿Qué valor tiene el consentimiento del imputado en un allanamiento sin orden judicial?
9 ¿Es admisible la utilización de medios violentos para obtener información en algún caso?
10 ¿En qué supuestos es posible disponer el encarcelamiento preventivo o encierro sin condena? 


Guía de lectura de los fallos:

En base al fallo “Rayford”

.  1. Explique el significado de la siguiente expresión del voto de la mayoría: “Cabe concluir, pues, que en estas condiciones, la mera ausencia de reparos no puede razonablemente equipararse a una autorización válida”
  
   2. ¿Cómo resuelve la C.S.J.N., lo que denomina en su voto mayoritario el “conflicto entre dos intereses fundamentales de la sociedad, como lo son el de una rápida y eficiente ejecución de la ley y el de prevenir el menoscabo de los derechos individuales de sus miembros a raíz de la aplicación de métodos inconstitucionales por partes de quienes se encuentran encargados de resguardar su cumplimiento”?

A partir del fallo “Fiorentino”

  1. Explique el siguiente pasaje del fallo: “en la especie no se ha configurado ninguna de las excepciones previstas en el art. 189 del Cód. de Proced. en Materia Penal, ni ha mediado consentimiento válido que permitiera la intromisión del personal policial en el domicilio del procesado”

  2. ¿Valora la CSJN, en su análisis sobre el valor del consentimiento ante el registro domiciliario, el contenido del art. 151 del Código Penal? ¿Surge de la normativa vigente alguna referencia al “consentimiento” para proceder a un registro domiciliario?


En base al fallo "Mattei" responda:

1. ¿Cuál es el sentido de los principios de progresividad y precisión?

2. Analice el estándar que traza la CSJN del derecho a “un juicio razonablemente rápido". ¿Considera que hay otros parámetros que deben tenerse en cuenta?
Con respecto al caso "Montenegro" evalúe: 

1. ¿Cómo resuelve la CSJN, lo que denomina como un conflicto entre los intereses de la sociedad en una rápida ejecución de la ley, y los derechos individuales?

2. ¿Por qué se indica que no es posible obtener provecho de evidencia obtenida ilegalmente? 

A partir de la lectura del caso "Ruiz" responda:

1. Ante la nulidad de un acto por inobservancia de garantías constitucionales; ¿Sólo es nulo ese acto particular, o debe hacerse un análisis respecto de las restantes evidencias que hubieran sido obtenidas a partir del acto contrario a derecho?

2. ¿Con qué argumentos la CSJN analiza la imposibilidad de valorar algunas evidencias de cargo, y la admisibilidad de otras?

3. La CSJN, al resolver el caso, directamente impone una nueva pena al imputado. ¿Advierte alguna dificultad que podría derivarse de ello?

De la lectura del fallo "Daray", indique:

1. Qué límite a la actividad recolectora de información marca la CSJN en el fallo?

2. Por qué podría decirse que el fallo amplía el principio de legalidad al ámbito del proceso?

En relación al caso "Giroldi" explique:
1.  ¿Cómo resuelve la CSJN el conflicto entre la normativa entonces vigente del Código Procesal Penal de la Nación, y el derecho al recurso del art. 8.2.h de la Convención Americana de Derechos Humanos?


2.  ¿Admite el derecho al recurso limitaciones para la defensa en relación al monto de pena impuesta?

A partir de la lectura del fallo "Chaparro Alvarez y Lapo Iñiguez vs. Ecuador" de la Corte IDH responda las siguientes preguntas.

1 En primer término, indique y desarrolle ante que situaciones -de acuerdo al criterio de la Corte IDH- procede la aplicación de la prisión preventiva.

2. Indique, en base a la tensión que la Corte IDH entiende que existe entre la imposición de la prisión preventiva y los derechos del imputado, cómo deben ser esas medidas cautelares.

3. Explique cómo debe ser el comportamiento de los jueces con relación al control y mantenimiento de la prisión preventiva una vez que ésta es dictada.

4. Qué diferencias existe entre detención ilegal y detención arbitraria?


No hay comentarios.:

Publicar un comentario